Conocer tus derechos te permite detectar y denunciar situaciones injustas.

                              



















Ante una detención policial
                              
SI SOS MENOR DE EDAD no te pueden detener por averiguación de antecedentes,
no te pueden esposar ni encerrar en un calabozo, ni tampoco incomunicarte.
Tenés derecho a realizar una llamada telefónica y a que una persona mayor
de edad te retire de la comisaría.
SI SOS MAYOR DE EDAD, sólo te pueden detener con orden escrita de un juez
competente. Excepcionalmente, la policía puede hacerlo si estás cometiendo
un delito o una contravención.
Basta con llevar el DNI, para acreditar tu identidad.
Nadie puede detenerte si no se identifica como policía. Si te detiene personal
vestido de civil, sin identificación, gritá tu nombre, teléfono y domicilio a
cualquiera que pase y pedí que avisen tu situación.
Si no conocés el paradero de alguna persona o suponés que ha sido detenida
pero no sabés dónde, podés presentar un habeas corpus a cualquier hora y en
cualquier juzgado. No es necesario el patrocinio de un abogado ni ser mayor
de edad, ni tener parentesco con la persona detenida.
SI TE DETIENEN POR ESTAR COMETIENDO UN DELITO O CON ORDEN JUDICIAL:
• Tenés derecho a que te nombren un defensor.
• Siempre tenés derecho a realizar una llamada, aún estando incomunicado.
• No pueden obligarte a declarar ni a firmar ningún escrito, ni hacer ningún
tipo de reconocimiento de hechos, pertenencias o personas.
• Si tenés heridas y firmás algún documento, agregá “pido médico”.
• La policía tiene la obligación de comunicar la detención, en forma inmediata,
al juez de turno correspondiente.
• La policía tiene la obligación de informar a quien se acerque qué delito te
imputan, a disposición de qué juez estás, y las instrucciones que dio el juez
de turno correspondiente.
 
SI TE DETIENEN POR AVERIGUACIÓN DE IDENTIDAD:
• No estás detenido sino demorado, por lo que no pueden ponerte en un calabozo
con personas acusadas de cometer un delito.
• No pueden demorarte más de 12 horas.
• Siempre tenés derecho a hacer una llamada, aún estando incomunicado.
• El único que puede revisarte es el médico.
 
SI TE DETIENEN POR UNA CONTRAVENCIÓN:
La policía tiene que labrar un acta, en la que debe figurar qué falta te imputan
y que debés presentarse ante el Juez de Paz el día que te notifiquen. El acta
puede ser labrada en el lugar o en la comisaría. No pueden trasladarte esposado
ni mantenerte detenido.
 
"SI TE AGREDEN O DISCRIMINAN EN UN BOLICHE":
Existe un marco legal que te protege frente a los actos discriminatorios que se
pueden producir en los boliches, salas de espectáculos,bares y otros locales de
entretenimiento. Nadie puede impedirte el ingreso por motivos étnicos, religiosos,
ideológicos, nacionalidad,opinión política o gremial, sexo, posición económica,
condición social o características físicas, entre otras.
Estos locales tienen la obligación de exhibir en el ingreso un cartel, en forma
clara y visible, con el texto de la Constitución Nacional que establece la igualdad
de los habitantes ante la ley y el contenido de la norma que penaliza los actos
discriminatorios.




Debés saber lo siguiente:

• Los boliches se reservan el derecho de admisión, pero nunca pueden rechazarte
por tu color de piel, vestimenta, corte de cabello, raza, religión, ideas políticas, etc.
• No te pueden obligar a consumir si te cobran una entrada para ingresar al boliche.
• El personal de custodia cumple la función de evitar conflictos dentro del local.
Sus intervenciones nunca deben ser violentas; pueden separar a las partes y/o solicitar
que te retires del local.
• No te pueden encerrar, retener, agredir ni ejercer violencia.
• Frente a un hecho discriminatorio y/o violento por parte del personal de custodia,
tenés derecho a efectuar la denuncia a la autoridad policial y/o juzgado civil de turno.
Es importante contar con pruebas o testigos de la situación denunciada.
• Ante un acto discriminatorio o cualquier duda, acercate a la Defensoría del Pueblo.

                              

















Telefonos Utiles:
Teléfonos                   Emergencias      Guardias
Policía Federal                                                         42-8249
Policía Nqn-Comisaria 43            101                     42-2111
Policía Nqn-Comisaria 23            101                     427300/427555


 




LEY DE REDONDEO
(Ley de LEALTAD COMERCIAL 25.954)
Kioscos, almacenes, centros de pagos de servicios, locutorios y hasta supermercados se 
quedan, día a día, con dinero de sus clientes, en una maniobra no sólo inmoral sino
también ilegal.
Según la ley, las diferencias menores a cinco centavos en transacciones comerciales deben 
darse a favor del consumidor.
Así, un usuario cuya compra en un almacén es de 0,98 centavos y paga con una moneda de un
peso deberá recibir cinco centavos de regreso, si es que el comerciante no tiene cambio.
¿Como es el cuento?Cada usuario desinformado sobre la ley que lo protege, deja que le “roben” 
en los comercios, donde en vez de darle vuelto en monedas le dan caramelos, chicles o un
simple “se lo debo”.
Infobae.com hizo un estimativo sobre lo que un consumidor promedio, económicamente activo
de la Capital Federal, pierde por no saber pedir el vuelto.
El cálculo está basado en compras diarias a precios actualizados.
Pagos/compras
Pago de servicio pub: $16,33 Saldo final = $16,35 Redondeo del comerciante = $0,02 Le roban.
Llamada de locutorio: $0,57 Saldo final = $0,60 Redondeo del comerciante = $0,03 Le roban.
Supermercado: $81,98 Saldo final = $82 Redondeo del comerciante = $0,02 Le roban.
Como resultado, cada usuario pierde casi 27 pesos al año por el redondeo a favor del
comerciante. Si bien la cifra no resulta exagerada ni es un monto gigantesco, significa
que el consumidor se pierde de obtener:
-Unos 45 alfajores Jorgito
-Cerca de 108 turrones
-Más de 120 pulsos de llamadas locales de un locutorio, lo que representan unas 60 llamadas
urbanas de tarifa normal de dos minutos cada una.
“Tendría que haber carteles en los comercios, porque es un derecho que se desconoce. Y lo que
se desconoce, no se reclama”.
¿Quién controla que esta ley se cumpla?
El organismo público que debería controlar la aplicación de la Ley de Redondeo es la
Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la Nación, y sus delegaciones por provincias y
municipios. Por otra parte, es el Estado, desde donde deberían difundir la norma y darla a
conocer a los pequeños y grandes comercios.













Reflexion:Ante el reclamo, muchos comerciantes dirán que es una tontería discutir por tres 
centavos o bien alegarán desconocimiento de esta ley, se ofenderán y despotricarán. Pero
nos preguntamos: si la ley fuera al revés, ¿no se escudarían en la misma y la utilizarían
a rajatabla, o repetirían los argumentos antes dichos en su perjuicio?
Un ejemplo claro,y que se vive día a día,es el del vuelto del colectivo.El boleto cuesta
$1,35 pero siempre lo terminamos pagando $1,40 porque los choferes no tienen los cinco
centavos de vuelto,o por lo menos eso dicen.Y como lo anticipamos,cuando vos les
pedis tu vuelto,la reacción más común es que te digan que vayas con la plata justa,o te
dan los diez centavos que te tienen que dar,pero no falta la mala manera o el descontento
por parte de ellos.
Cabe recordar además que la Ley de Defensa del Consumidor pone en cabeza de los proveedores
de bienes y servicios la responsabilidad de brindar información adecuada, veraz y suficiente.

Puede conseguir la norma completa por Internet, en el sitio web de la Subsecretaría de Defensa
del Consumidor o en las asociaciones de consumidores como Adecua y Adelco
.









 
 
Una línea 0800 para obtener monedas
 
El Banco Central lanzó una línea telefónica para que la gente a la que no le den
monedas en los diferentes bancos pueda hacer la denuncia. Se trata del 0-800-9996663,
una línea gratuita, que se puede utilizar de lunes a viernes, de 10 a 16 hs.
Allí se informará sobre dónde conseguir cambio. Además, se podrá consultar la web del 
Banco Central o enviar un e-mail a la dirección
monedas@bcra.gov.ar. Los bancos deben
entregar hasta 50 pesos en monedas.
 
Importante:Incorporamos esta información a la sección porque consideramos que ante la actual
carencia de monedas en circulación,es bueno saber que los bancos tienen la obligación de
entregarnos un cierto monto,anteriormente especificado.Pero también consideramos importante
aclarar que tal obligación no siempre es cumplida por las entidades bancarias,y el 0-800 se
encarga unicamente de tomar la denuncia,para luego sancionar a la entidad que no cumplió,sin
que esto solucione nuestro problema,y en conclusión no sirve de nada porque terminamos en el
mismo lugar donde empezamos.Esto no es una regla general,ya que no es correcto meter en la
misma bolsa a todos,porque hay entidas que cumplen.

               By Carlos Videla 

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